sábado, 11 de octubre de 2014

Pensiones+-+Guía+para+preparar+la+jubilación+-+ABC.es

http://www.abc.es/economia/20141010/abci-guia-jubilacion-201410090957.html

Si todavía tienes una idea vaga sobre tu futuro retiro, te damos respuesta a las diez preguntas más frecuentas

¿Cuándo me puedo jubilar? ¿Se revalorizará mi pensión en el futuro? ¿Por qué necesito ahorrar si ya tengo una pensión? Fundación Mapfre ha lanzado "Guía para tu jubilación" que da respuesta a estas preguntas y que pretende concienciar al trabajador de la necesidad de empezar a ahorrar cuanto antes de cara a la jubilación. Si todavía tienes una idea vaga sobre tu futuro retiro, te damos respuesta a las diez preguntas más frecuentas

¿Cuándo me puedo jubilar? En España hay que tener cotizados 15 años y, de ellos, como mínimo deben incluirse dos entre los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación. Los que se jubilen a partir del año 2027 deberán tener 67 años o podrán jubilarse a los 65 años si se acreditan 38 años y seis meses de cotización.

¿Me puedo jubilar anticipadamente? Si no es voluntario, debe tener cuatro años menos que la edad de jubilación exigida. Además, debe de tener un periodo mínimo de cotización de 33 años. Estar inscrito en la oficina de empleo al menos los 6 meses anteriores a la jubilación anticipada y que la extinción del contrato sea por causas económicas entre otras. Pero además, jubilarse anticipadamente conlleva regarlo: desde el 1,5% si el periodo de cotización es igual o superior a 44 años y seis meses o del 1,875% si es inferior a 38 años y seis meses. Estos porcentajes son de aplicación trimestral. (Por ejemplo: cuatro años de anticipo equivalen a 16 trimestres)

Si es de carácter voluntario: debe tener dos años menos, un periodo de cotización de 35 años y que la cuantía de la pensión a percibir debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería recibir. Además, la retribución también se reduciría en función de unos coeficientes que irían desde el 2% al 1,625% por trimestre.

¿Qué bases se tienen en cuenta? La reforma de 2011 ha ampliado el periodo de cálculo pasando de 15 a 25 años de cotización.

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